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DERECHO DE FAMILIA

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Separaciones y Divorcios

Medidas respecto a los hijos (parejas no matrimoniales)

Liquidación de sociedades de gananciales

Medidas de apoyo a personas con discapacidad

En los procesos de separación y divorcio, así como en las situaciones de parejas no casadas con hijos comunes, es necesario regular una serie de medidas que garanticen el bienestar de los menores y la equidad entre los cónyuges o progenitores.
Nuestro despacho le asesora en la negociación, redacción y ejecución de todas estas medidas, tanto de mutuo acuerdo como en procedimientos contenciosos.

Medidas familiares en separaciones y divorcios:

Generalmente se mantiene compartida por ambos progenitores, salvo que existan causas graves que justifiquen su privación.

Puede establecerse una custodia compartida o exclusiva a favor de uno de los cónyuges. En caso de custodia exclusiva, se fija un régimen de visitas, comunicación y estancia para el progenitor no custodio.

Se determina la cuantía mensual para cubrir las necesidades ordinarias de los hijos, así como la forma de afrontar los gastos extraordinarios (educación, sanidad, actividades, etc.).

El juez puede acordar medidas sobre el uso de la vivienda habitual, que normalmente se atribuye al progenitor con quien conviven los hijos menores.

Puede fijarse una pensión a favor de uno de los cónyuges cuando la separación o el divorcio le cause un desequilibrio económico en relación con la posición del otro.

Se puede regular el destino y cuidado de los animales de compañía, teniendo en cuenta el vínculo afectivo y el bienestar del animal.

Hijos nacidos fuera del matrimonio
En los casos en que los hijos no provengan del matrimonio, pueden adoptarse respecto a ellos las mismas medidas que en los procesos de divorcio o separación matrimonial: patria potestad, custodia, visitas, pensión de alimentos, etc.

Reclamación de pensiones impagadas

Sociedades Gananciales

Extinción:

  • Separación o divorcio.
  • Muerte de uno de los cónyuges.
  • Acuerdo de ambos para establecer ante notario un régimen distinto, como el de separación de bienes o participación.

Liquidación:

La liquidación implica el reparto de bienes y deudas que conforman la sociedad.
Ambos cónyuges tienen derecho a un reparto igualitario, salvo pacto en contrario o compensaciones específicas.

Disolución por otras causas:

  • Incapacidad o concurso de uno de los conyuges.
  • Actos fraudulentos o gestión patrimonial perjudicial para el otro. 
  • Separación de hecho superior a un año, por mutuo acuerdo o abando del hogar.
  • Incumplimiento grave del deber de informar sobre las actividades o rendimientos económicos.
  • Embargo de bienes gananciales, si los bienes privativos del deudor no bastan para pagar una deuda personal. 

Medidas de apoyo para personas con discapacidad

La normativa vigente ha suprimido la antigua figura de la incapacitación judicial.
Actualmente, los jueces pueden establecer medidas de apoyo personalizadas y estables para las personas con discapacidad, adaptadas a sus necesidades y nivel de autonomía, con el fin de garantizar el respeto a su voluntad, derechos y preferencias.

En nuestro despacho estudiamos cada caso con sensibilidad y rigor jurídico, buscando soluciones prácticas y respetuosas para todas las partes.